Medicamentos de alto costo
Cuando la obra social o prepaga niega o demora un medicamento que tu médico indicó, gestionamos la orden judicial para que lo cubran. Muchas veces se resuelve por medida cautelar en pocos días.
Si tu obra social o prepaga te niega un medicamento, un tratamiento o una cirugía, actuamos de inmediato. Soy Dra. Milagros Chaves y reclamo tu derecho a la salud con medidas cautelares que pueden ordenar la cobertura en 48 a 72 horas.
¿Qué es un amparo de salud?
El amparo de salud es la herramienta judicial más rápida para que un juez ordene a tu obra social o prepaga cubrir lo que te corresponde por ley. Se usa cuando hay una negativa, una demora o un recorte que pone en riesgo tu tratamiento.
Lo decisivo es la medida cautelar: una orden provisional que puede garantizar el acceso a la prestación en pocos días, mientras avanza el resto del juicio. Por eso es clave actuar a tiempo y con la documentación correcta.
Prevista en el artículo 43 de la Constitución Nacional para proteger tu derecho a la salud.
Cuando una obra social o prepaga niega, dilata o recorta una prestación médica esencial.
A través de una medida cautelar que puede ordenar la prestación antes de la sentencia.
Importante: el amparo es una obligación de medios, no de resultado. Por eso solo avanzamos cuando hay fundamentos sólidos y gestionamos las urgencias que correspondan.
Casos que resolvemos
Estos son los amparos más frecuentes. Si tu situación no aparece en la lista, escribime: la evaluamos igual.
Cuando la obra social o prepaga niega o demora un medicamento que tu médico indicó, gestionamos la orden judicial para que lo cubran. Muchas veces se resuelve por medida cautelar en pocos días.
Quimioterapia, inmunoterapia, estudios y medicación oncológica de alto costo que la cobertura debe garantizar por ley. Actuamos con urgencia para que el tratamiento no se interrumpa.
Internación, traslados, insumos, terapias, acompañante terapéutico y cobertura integral del 100% para personas con discapacidad frente a negativas injustificadas.
Cirugías, internaciones, prótesis, estudios o prácticas que tu prepaga u obra social rechaza o dilata sin justificación médica. Reclamamos la cobertura que corresponde.
Ajustes excesivos de la prepaga, baja de cobertura o pérdida de la obra social al jubilarte. Es posible frenar el aumento o sostener las prestaciones por vía judicial.
Tratamientos de fertilización, salud mental, prestaciones crónicas y cuidados de adultos mayores con cobertura legal obligatoria que muchas veces se niega o limita.
Por qué elegir a Milagros
En una urgencia de salud necesitás a alguien que conteste rápido, que entienda lo que está en juego y que se haga cargo de tu caso de principio a fin. Eso es lo que hago.
Hablar con MilagrosCuando hay un derecho a la salud en juego, cada hora cuenta. Te contesto en hasta 2 horas para evaluar tu caso, pedir la documentación y poner la gestión en marcha.
Tu caso lo llevo yo. Defino la estrategia y te acompaño en cada paso. No vas a hablar con un call center: vas a hablar con tu abogada.
Más de dos décadas reclamando contra obras sociales y prepagas. Conozco los tiempos del sistema de salud y de los juzgados, y sé dónde actuar.
Solicito medidas cautelares que pueden ordenar la cobertura en 48 a 72 horas, incluso antes de la sentencia definitiva, para garantizar el acceso inmediato.
Cómo trabajamos
Un proceso claro y rápido. Vos te ocupás de tu salud; del resto me ocupo yo.
Me escribís por WhatsApp o coordinamos una entrevista, presencial u online. Te respondo en hasta 2 horas y evaluamos juntos la urgencia y la viabilidad del reclamo.
Te indico exactamente qué necesitamos: indicación médica, historia clínica, credencial y la negativa o demora (sirve incluso una captura de WhatsApp o un mail).
Inicio la acción judicial con una medida cautelar urgente. El juzgado puede ordenar la cobertura en 48 a 72 horas cuando la urgencia médica está acreditada.
Controlo que la prestación se cumpla de forma efectiva y te mantengo informado en cada etapa, sin que tengas que estar preguntando por tu expediente.
“Cuando alguien me escribe, casi siempre está asustado y cansado de pelear con su obra social. Mi trabajo es sacarle ese peso de encima y actuar rápido, porque en salud el tiempo es lo único que no se recupera.”
Dra. Milagros Chaves
Abogada especialista en amparos de salud · +20 años de trayectoria
Preguntas frecuentes
¿Tu duda no está acá? Escribime y la resolvemos en la primera conversación.
Hacer mi consultaEs una acción judicial rápida prevista en el artículo 43 de la Constitución Nacional para proteger tu derecho a la salud cuando una obra social o prepaga niega, demora o restringe una prestación esencial: medicamentos, estudios, cirugías, internaciones, insumos o tratamientos. Permite pedir una medida cautelar que ordene la cobertura de forma inmediata.
Cuando la negativa o demora de tu cobertura pone en riesgo tu salud o la de un familiar: un tratamiento oncológico que no puede esperar, un medicamento de alto costo que te suspenden, una cirugía programada que se cae o prestaciones por discapacidad que dejan de cubrir. En esos casos conviene actuar de inmediato.
Si la urgencia médica está acreditada, los jueces pueden dictar la medida cautelar en 48 a 72 horas, garantizando el acceso a la prestación mientras avanza el juicio. La sentencia definitiva puede demorar más, pero lo decisivo para el paciente es esa orden inicial de cobertura inmediata.
En general: tu DNI y la credencial de afiliación, la indicación médica y la historia clínica actualizadas, y la constancia de la negativa o demora de la cobertura (sirve una captura de WhatsApp, un mail o una nota). Si el reclamo es por un familiar a cargo, también la documentación que acredite el vínculo.
Es una orden judicial provisional que se dicta al inicio del amparo para garantizar el acceso inmediato a la prestación, incluso antes de la sentencia. El juez la concede cuando existe verosimilitud del derecho (la indicación médica) y peligro en la demora (el riesgo para la salud).
Ningún profesional serio puede garantizar un resultado: es una obligación de medios, no de resultado. Lo que sí puedo asegurarte es que evalúo tu caso con honestidad, que solo avanzamos cuando hay fundamentos sólidos y que gestiono las medidas cautelares urgentes que correspondan para proteger tu salud.
Los honorarios se definen según la complejidad del caso y la prestación reclamada, dentro de la Ley de Honorarios, y pueden acordarse en cuotas. Lo conversamos con total transparencia en la primera entrevista, antes de que decidas avanzar.
De las dos formas. Podés resolver tu consulta por WhatsApp y videollamada desde cualquier punto del país, o coordinar una entrevista presencial en San Martín o CABA. La modalidad online permite iniciar y seguir el caso a distancia con la misma cercanía.
La forma más rápida de empezar es por WhatsApp: me llega tu mensaje y te respondo personalmente. Cuanto antes me cuentes, antes podemos actuar para proteger tu derecho a la salud.
Escribime y te respondo en hasta 2 horas. Sin intermediarios: hablás directamente con tu abogada.